Si me borra del apc me pueden sacar un descuento directo de esa misma cuenta

Buenas tardes. Cordial saludo. De acorde a lo planteado, su consulta va dirigida a conocer si después de que se cumple una obligación adeudada con un ente acreedor (banco, financiera etc) si éste le puede volver a realizar un descuento directo de su salario? Si la pregunta va dirigida en ese contexto la respuesta sería no. Pues para ello los préstamos como cualquier otra obligación tienen sus términos y condiciones; siendo uno de ellos el plazo con el cual se cuenta para cancelar una deuda. Si ya usted cancela el pago de una obligación por descuento directo; no le deben gestionar otro descuento que no haya sido pactado. Pues los descuentos directos son voluntarios, es decir, mediante una autorización expresa de quien consiente le hagan el descuento que por lo general no supera el 20% del salario. En todo caso debe pedir al ente acreedor o empresa (banco o financiera) que le suministren una nota donde se determine la cancelación de su préstamo. O en su defecto si aún no cancela del todo la deuda, una carta de saldo que determine el historial de su crédito; en él debe ir reflejado el préstamo, más los pagos por usted realizados.
Saludos
César